1. ¿Qué ocurre con los ingresos del seguro de retirada de escombros si he participado en el Programa Consolidado de Retirada de Escombros patrocinado por el Gobierno?
A cambio de que la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA) ayude al Condado de Maui y al Estado de Hawái con la remoción de escombros tras los incendios forestales de agosto de 2023 a través del Programa Consolidado de Remoción de Escombros Patrocinado por el Gobierno, el Estado/Condado es responsable de recopilar información sobre el seguro de los propietarios participantes para determinar si algún producto del seguro designado para la remoción de escombros debe ser recaudado por el Estado/Condado para ayudar a compensar el costo del Programa Consolidado de Remoción de Escombros Patrocinado por el Gobierno. La ley federal prohíbe la duplicación de beneficios (véase la pregunta nº 4), y el Estado/Condado está obligado a garantizar que no se produzcan duplicaciones. El Estado/Condado están actualmente trabajando juntos para establecer un programa para el cobro del seguro de retirada de escombros.
2. ¿Cuándo se espera que entregue al Estado/Condado los ingresos del seguro de retirada de escombros?
El primer paso para recaudar los ingresos del seguro por la retirada de escombros es que el Estado/Condado reciba un informe de costes de la FEMA con un desglose de los gastos de retirada de escombros por parcela. Esto no estará disponible hasta que finalice la retirada de escombros del incendio forestal de agosto de 2023, para lo que todavía faltan muchos meses. Basándose en la información del informe de costes, el Condado preparará una factura por parcela para presentarla a cada compañía de seguros, con copia a cada propietario. La información del informe de costes es idéntica a la de la factura. Tenga en cuenta que el importe total que aparecerá en la factura que se gastó para la limpieza se espera que sea muy grande. Que no cunda el pánico. Consulte los puntos 5, 6, 7 y 8 para comprender su contribución prevista.
3. ¿Cuál es el papel del Condado en el proceso de recogida de los seguros de retirada de escombros?
A cambio de que la FEMA ayude al condado de Maui y al estado de Hawái con la retirada de escombros tras los incendios forestales de agosto de 2023 a través del Programa Consolidado de Retirada de Escombros Patrocinado por el Gobierno, el estado/condado es responsable de recopilar información de los propietarios participantes para determinar si los ingresos del seguro designados para la retirada de escombros deben ser recaudados por el condado para ayudar a compensar el coste del Programa Consolidado de Retirada de Escombros Patrocinado por el Gobierno. La ley federal prohíbe la duplicación de prestaciones (véase la pregunta nº 4), y el Estado/Condado está obligado a garantizar que no se produzcan duplicaciones. Las pólizas de seguros varían, y el Condado no desempeñará ningún papel en el ajuste o liquidación de reclamaciones de seguros para la retirada de escombros.
4. ¿Qué significa duplicación de prestaciones?
La duplicación de beneficios se refiere a la ayuda de más de una fuente que se utiliza para la misma actividad. En este caso, se produciría una duplicación de beneficios si la FEMA limpiara una propiedad y la compañía de seguros pagara al propietario por la retirada de los escombros y se quedara con el dinero. No se produciría una duplicación de beneficios si FEMA limpiara una propiedad y el propietario incurriera en costes adicionales para completar la retirada de escombros y el propietario recibiera el pago de los fondos del seguro por los gastos adicionales. Esto es probable en el caso de algunos escombros que no estaban cubiertos por el programa de la FEMA, como ciertos árboles quemados, pequeñas estructuras u otros elementos diversos que el propietario tuvo que retirar.
5. ¿Cómo sabré qué parte de la cobertura de mi seguro está disponible para la retirada de escombros?
Debe trabajar con su compañía de seguros para determinar los fondos de seguro disponibles que están designados para la cobertura de retirada de escombros en su póliza. Estos fondos se denominan "seguro designado para la retirada de escombros". Si necesita más ayuda, puede ponerse en contacto con la División de Seguros de Hawai (808-586-2790; https://cca.hawaii.gov/ins/fire-claim-information/), United Policyholders (415-393-9990; http://uphelp.org) o The Legal Aid Society of Hawaii, (1-800-499-4302; https://www.legalaidhawaii.org/) para obtener asistencia.
6. ¿Qué parte de mi póliza de propietario de vivienda cobrará el Condado por la retirada de escombros?
Depende de cómo se gestionen en su póliza los fondos destinados a la retirada de escombros. Debe consultar con su compañía de seguros para determinar estas cantidades y cómo y cuándo se pagan (véase la pregunta nº 5). Por lo general, las pólizas para propietarios de viviendas cubren la retirada de escombros de dos maneras:
- Importe especificado o separado: Algunas pólizas incluyen la cobertura del seguro de retirada de escombros en una cláusula separada y específica sobre escombros. Dichas pólizas pueden proporcionar una cantidad específica en dólares o proporcionar cobertura de retirada de escombros como un porcentaje de los otros límites de cobertura enumerados en la póliza (por ejemplo, el 5% de los límites de la póliza para la estructura principal, otras estructuras y/o bienes personales). En este caso, el Condado sólo cobrará hasta la cantidad especificada en la cláusula de retirada de escombros. Usted no deberá al Condado ningún dinero adicional, aunque los costes reales de retirada de los escombros superen la cantidad designada en su póliza de seguro para la retirada de escombros.
- Sin importe especificado: Otro tipo de cobertura de seguro para la remoción de escombros no tiene un monto especificado, pero incluye los costos de la remoción de escombros en los ingresos totales del seguro proporcionados para la estructura principal y/u otra estructura, o propiedad personal. Si tiene este tipo de póliza, el Condado sólo intentará cobrar el importe del seguro de retirada de escombros una vez que haya reconstruido su vivienda. El Condado sólo cobrará el dinero que quede en su póliza de seguro para la retirada de escombros, si lo hubiera, una vez que haya finalizado la reconstrucción o haya adquirido una vivienda de sustitución. Si usted gasta todos los fondos de su seguro en la reconstrucción o en la compra de una vivienda de reemplazo, no deberá nada por el Programa Consolidado de Remoción de Escombros patrocinado por el Gobierno.
7. Si los costes de FEMA superan la cobertura de mi seguro para la retirada de escombros, ¿tendré que pagar la diferencia?
No. El único dinero que el Condado recaudará en nombre del Estado y del Gobierno Federal es el producto del seguro destinado a la retirada de escombros, menos los gastos compensatorios (véase la pregunta nº 6).
8. ¿Qué ocurre si incurro en gastos adicionales por trabajos relacionados con la retirada de escombros?
Puede utilizar los ingresos de su seguro para cubrir los gastos de los trabajos relacionados con la retirada adicional de escombros, o de las reparaciones necesarias en su propiedad derivadas del proceso de retirada de escombros (gastos compensatorios). Deberá presentar documentación justificativa de los gastos adicionales. Después de que recibamos el informe de costes y enviemos las facturas, las instrucciones sobre cómo presentar dicha documentación justificativa se facilitarán junto con la factura y estarán disponibles en https://www.mauirecovers.com/debrisremoval/. Si después de que se le reembolsen los gastos compensatorios quedaran fondos del seguro designados para la retirada de escombros, ese saldo se adeudaría a la FEMA. Los gastos subvencionables podrían incluir cualquiera de los siguientes:
- Gastos incurridos por un propietario para retirar escombros adicionales de su parcela que no estaban incluidos en el Programa Consolidado de Retirada de Escombros patrocinado por el Gobierno.
- Eliminación de árboles quemados, siempre que la actividad para la que se incurrió en los costes estuviera cubierta de otro modo por la categoría de la póliza.
- Gastos utilizados para remediar los problemas de sobreexcavación como resultado del programa patrocinado por el gobierno.
- Gastos utilizados para reparar los bienes dañados como consecuencia del Programa consolidado de retirada de escombros patrocinado por el Gobierno.
Esté preparado para presentar documentación y recibos al Condado si desea compensar el importe del informe de costes (consulte las instrucciones que se le envían con la factura).
9. ¿Cuál es la diferencia entre un informe de costes y una factura?
El condado recibirá un informe de costes de la FEMA con un desglose de los gastos de retirada de escombros por parcela, que probablemente incluirá el coste proporcional del almacenamiento temporal y permanente de escombros. Basándose en la información del informe de costes, el Condado preparará una factura por parcela que presentará a cada compañía de seguros y de la que enviará copia a cada propietario. La información del informe de costes es idéntica a la de la factura.
10. He oído que el Condado va a ponerse en contacto con mi compañía de seguros para solicitar información. Qué información solicita el Condado a mi compañía?
El Condado facturará a todas las compañías de seguros basándose en los informes de costes recibidos de la FEMA para cada propiedad individual, y todos los propietarios recibirán una copia. Además, el Condado solicitará a las compañías de seguros que proporcionen la siguiente información para cada póliza que haya asegurado una propiedad que participó en el Programa Consolidado de Retirada de Escombros patrocinado por el Gobierno: Una copia de la póliza y/o página de declaraciones y la cantidad de la póliza dedicada a la cobertura de retirada de escombros (véase la pregunta nº 6).
11. Si mi compañía de seguros ya me ha pagado los fondos del seguro designados para la retirada de escombros y recibo la factura del Condado, ¿cuándo debo pagar?
- Si su póliza de seguro tiene una cantidad específica para la retirada de escombros designada fondos del seguro, usted no debe nada hasta que haya completado la retirada de escombros de su propiedad (incluyendo árboles) y / o completado cualquier reparación de su propiedad causada por el Programa de Desescombro Consolidado patrocinado por el Gobierno. Para muchas personas, esto ya se ha hecho, por lo que sólo tiene que retener los ingresos de su seguro hasta que se complete el recuento y pueda comenzar la facturación.
- Si su compañía de seguros no tiene una cantidad determinada para los fondos del seguro de desescombro, usted no debe nada hasta que haya terminado la reconstrucción de su propiedad.
12. Si mi póliza no especifica una cantidad para la retirada de escombros, ¿aún así intentarán cobrar los costes de retirada de escombros de FEMA a mi aseguradora o a mí?
Sí, pero sólo en la medida en que queden fondos del seguro una vez finalizada la reconstrucción o haya adquirido una vivienda de sustitución. Todas las compañías de seguros recibirán una factura por los costes de la FEMA, con copia a los propietarios.
13. He recibido una carta de la FEMA en la que se me informa de que el gobierno no cobrará los fondos del seguro de desescombro utilizados para solucionar problemas de desescombro no resueltos. ¿Significa eso que no recibiré la factura del Programa Consolidado de Desescombro patrocinado por el Gobierno?
Su compañía de seguros recibirá una factura por los costes de retirada de escombros de la FEMA, con copia para usted. Si ha recibido dicha carta de la FEMA y ha incurrido en gastos para resolver los problemas de retirada de escombros, es posible que su compañía de seguros o el condado le reembolsen los fondos de su seguro de retirada de escombros. Si quedan fondos del seguro de retirada de escombros sin utilizar después de que le hayan reembolsado, el Estado/Condado recaudará ese dinero para pasárselo a la FEMA. Si no quedan fondos del seguro de retirada de escombros después de que se le reembolse, no deberá nada a la FEMA.
14. He recibido todo el dinero disponible del seguro de mi póliza, y no he empezado a reconstruir, así que no sé en qué otros gastos de desescombro puedo incurrir. Cuando reciba la factura, ¿para cuándo se espera el pago?
Dentro de unos meses, recibirá una copia de la factura con instrucciones adicionales sobre la información que el Condado necesitará de usted. En ese momento, se le pedirá que indique si ha retirado todos los escombros o si aún puede tener gastos adicionales de retirada de escombros.
15. Mi compañía de seguros no liberará los fondos del seguro designados para la retirada de escombros hasta que reciban una factura. Si pagan directamente al Condado y tengo que compensar gastos de desescombro, ¿cómo se hará? ¿Me extenderá el Condado un cheque?
Se le notificará cuando el Condado reciba de su compañía de seguros los fondos del seguro designados para la retirada de escombros. En ese momento, se le proporcionarán más instrucciones para que pueda recibir los fondos de compensación para la retirada de escombros.
16. Si recibo fondos del seguro designado para la retirada de escombros de mi compañía de seguros después de que el Condado envíe las facturas, ¿qué debo hacer?
Si el cheque es pagadero a usted y a la Oficina del Tesoro del Condado de Maui, deberá endosarlo y enviarlo al Condado a la dirección indicada más abajo, y el Condado transferirá los fondos a la FEMA. Si usted incurrió en gastos de compensación elegibles para resolver los problemas de remoción de escombros, presente toda la documentación de apoyo y recibos con su cheque. El condado depositará el cheque y podrá emitirle un cheque de reembolso por los gastos compensatorios documentados.
Si el cheque está a su nombre, usted puede:
- (1) Ingresar el cheque en su cuenta bancaria y extender un cheque al Condado, o bien
- (2) Endosar el cheque al Condado. Si ha incurrido en gastos compensatorios subvencionables para resolver problemas de retirada de escombros, presente toda la documentación y los recibos junto con el cheque. Si ha endosado el cheque al Condado, éste lo depositará y podrá emitirle un cheque de reembolso por los gastos compensatorios documentados.
NOTA: Si el cheque se extiende a nombre de dos personas como "Jane y John Doe", ambas partes deben endosarlo al Condado. Si el cheque se extiende a nombre de dos partes como "Jane o John Doe", cualquiera de las partes puede endosar el cheque al Condado.
Los cheques deben entregarse o enviarse por correo a:
Condado de Maui
Oficina del Tesoro
2200 Main St.
One Main Plaza Bldg, Suite 205
Wailuku, HI 96793
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