Inquilinos
Q. ¿Qué ocurre con los inquilinos si FEMA no prorroga el contrato del propietario?
A. Los sobrevivientes de incendios forestales en el Programa de Vivienda Directa de FEMA pueden permanecer en el programa hasta el 10 de febrero de 2026. Si el contrato de su propietario actual no se extiende y deben mudarse, FEMA les proporcionará una solución de vivienda alternativa para acomodarlos mientras sigan siendo elegibles o hasta el final del Programa de Vivienda Directa.
Q. ¿Cómo se informará a las familias desplazadas de que tendrán que mudarse si no se prorroga el contrato de su actual propietario?
A. Los inquilinos serán informados por FEMA con antelación si van a tener que trasladarse a otro lugar. FEMA proporcionará entonces soluciones de alojamiento alternativas para estos hogares.
Q. ¿Cómo se sienten los supervivientes de los incendios forestales respecto a la seguridad de su vivienda?
A. Aunque la situación de la vivienda puede cambiar, los inquilinos pueden estar seguros de que si siguen cumpliendo los requisitos de su contrato de licencia podrán permanecer en el programa y serán alojados hasta que encuentren su solución de vivienda permanente o hasta que finalice el programa.
Q. ¿Cuándo tendrán que empezar a pagar el alquiler los inquilinos de Arrendamiento Directo?
A. Todos los hogares de Arrendamiento Directo comenzarán a pagar el alquiler a FEMA el 1 de marzo de 2025.
Q. ¿Cuándo se notificará a las familias la obligación de empezar a pagar el alquiler?
A. Los hogares han recibido notificaciones de 60 y 90 días en las que se les informa del requisito de alquiler que comenzará el 1 de marzo de 2025 y del proceso para recurrir el importe del alquiler. También recibirán un aviso de 30 días entregado en mano.
Q. ¿Cómo se determina el importe del alquiler?
A. El importe del alquiler se basará en el alquiler justo de mercado del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU. (HUD) de 2025 en Maui junto con la capacidad de pago de la unidad familiar.

Q. Si una persona tiene preguntas sobre el requisito de alquiler y el procedimiento de recurso, ¿con quién debe hablar?
A. Se anima a los hogares de Vivienda Directa a hablar con su asesor de recertificación si tienen alguna pregunta sobre el proceso de apelación y qué documentación es necesaria para ser considerado para la reducción del alquiler.
Para los hogares de arrendamiento directo con más preguntas llame a la Línea Directa de Vivienda de Asistencia Individual en 808-784-1600.